Abstract
El presente artículo analiza la incidencia de la tercerización mediante entidades ejecutoras sobre el principio de selección objetiva en la contratación estatal colombiana, con énfasis en los proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías durante el periodo 2021–2025. A partir del estudio del marco constitucional, legal, doctrinal y jurisprudencial del principio de selección objetiva, se examina cómo la designación de fondos mixtos, sociedades de economía mixta, instituciones de educación superior y esquemas asociativos territoriales como entidades ejecutoras ha generado escenarios contractuales con baja pluralidad de oferentes y limitada competencia efectiva. La investigación adopta una metodología de análisis jurídico y estudio de casos sustentada en información del Departamento Nacional de Planeación y de los sistemas SECOP I y SECOP II, permitiendo identificar patrones de contratación con único oferente en proyectos de significativa cuantía. Los hallazgos evidencian que, aunque la designación de entidades ejecutoras encuentra respaldo normativo en la Ley 2056 de 2020, en la práctica ha favorecido procesos contractuales desarrollados bajo regímenes especiales que restringen la publicidad, la concurrencia y la comparación real de ofertas, debilitando la aplicación material del principio de selección objetiva. Se concluye que resulta necesario fortalecer los mecanismos de control, uniformar estándares de publicidad contractual y revisar el alcance de la tercerización para garantizar que la ejecución de recursos públicos preserve los principios de transparencia, competencia y eficiencia.
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