Résumé
El derecho humano a la seguridad social se define como “la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia” (OIT, s.f.). En México, este derecho obtuvo su base fundamental el 05 de febrero de 1917, al promulgarse la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contemplado en el artículo 123. Posteriormente, el 19 de enero de 1943 se promulgó la Ley del Seguro Social, creándose el IMSS[1]. A partir de entonces, han existido diversas reformas en la materia, tanto en la Carta Magna como en las Leyes Federales, siendo que actualmente algunas se encuentran pendientes por aprobarse, por lo que las más importantes, a título personal, se analizarán en el presente artículo.
[1] Instituto Mexicano del Seguro Social. Ente creado con la finalidad de garantizar los derechos a la salud, a la asistencia médica, a la protección de los medios de subsistencia que garantizan la seguridad del ingreso (en particular en caso de vejez, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia), y a los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. (PROFEDET, 2018).
Références
Aguilar, S. (26 de Diciembre de 2000). Cámara de diputados. Obtenido de https://www.diputados.gob.mx/sia/coord/refconst_lviii/html/015.htm#:~:text=Gracias%20a%20la%20visi%C3%B3n%20de,mejora%20de%20la%20calidad%20de
CNDH. (Noviembre de 2016). Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Obtenido de Derecho humano al trabajo y derechos humanos en el trabajo: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-05/Cartilla-DH-trabajo.pdf
CNDH. (Agosto de 2017). Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Obtenido de Acoso laboral : https://appweb.cndh.org.mx/biblioteca/archivos/pdfs/Acoso-Laboral-Mobbing.pdf
CNDH. (s.f.). Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Obtenido de Día internacional de la igualdad salarial: https://www.cndh.org.mx/noticia/dia-internacional-de-la-igualdad-salarial-0#:~:text=El%20derecho%20a%20la%20igualdad,salarial%20entre%20hombres%20y%20mujeres.
López, M. (07 de Diciembre de 2023). El Economista. Obtenido de https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Jornadas-laborales-razonables-Clave-del-bienestar-la-productividad-y-el-exito-empresarial-20231206-0108.html
Malacara, N. (20 de Mayo de 2024). EXPANSIÓN. Obtenido de https://expansion.mx/carrera/2024/05/20/reformas-laborales-enlatadas-2024
Melo, M. F. (14 de Junio de 2023). Statista. Obtenido de https://es.statista.com/grafico/25103/licencia-de-paternidad-en-america-latina/
México, C. d. (2020). Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México. Obtenido de Catálogo para la calificación de violaciones a derechos humanos: https://directorio.cdhdf.org.mx/transparencia/2021/art_121/fr_I/2020_Catalogo_violaciones_DHPrimeraEdicin20201.pdf
Morales, F. (07 de Marzo de 2024). EL ECONOMISTA. Obtenido de https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Brecha-salarial-entre-hombres-y-mujeres-Que-estados-tienen-las-mejores-condiciones-20240307-0029.html
Moreno, G. (20 de Diciembre de 2016). Statista. Obtenido de https://es.statista.com/grafico/7301/en-que-paises-los-hombres-tienen-derecho-a-baja-de-paternidad/
OCDE. (s.f.). Better Life . Obtenido de https://www.oecdbetterlifeindex.org/es/countries/mexico-es/
OIT. (2022). Organización Internacional del Trabajo. Obtenido de Violencia y acoso en el trabajo: Guía práctica para las empresas: https://www.ilo.org/es/media/368616/download#:~:text=En%20M%C3%A9xico%2C%20la%20definici%C3%B3n%20de,riesgo%20psicosocial%20en%20el%20trabajo
OIT. (s.f.). Organización Internacional del Trabajo. Obtenido de https://www.ilo.org/es/media/314221/download
PROFEDET. (13 de Junio de 2018). Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Obtenido de https://www.gob.mx/profedet/es/articulos/seguridad-social?idiom=es
Pública, I. N. (26 de Agosto de 2020). Obtenido de https://www.insp.mx/avisos/3835-riesgos-estres-laboral-salud.html
República, S. d. (20 de Febrero de 2024). Senado de la República. Obtenido de Cámara de Senadores aprueba la llamada “Ley Silla”: https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicados/8203-camara-de-senadores-aprueba-la-llamada-ley-silla
Kurczyn Villalobos, Patricia, “El constitucionalismo social frente a la reforma en el derecho del trabajo en México”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, núm. 92, mayo-agosto de 1998, p. 405.
Moctezuma Barragán, Javier, “Artículo 123”, en varios autores, Ochenta años de vida constitucional en México, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas-Cámara de Diputados, 1998, pp. 55 y 56.
Noriega Cantú, Alfonso, Los derechos sociales; creación de la revolución de 1910 y la Constitución de 1917, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1988, pp. 110 y 111.

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